jueves, 25 de febrero de 2010

Poder Popular

Poder Popular: Es el poder del pueblo organizado, en las más diversas y disímiles formas de participación, para la toma de decisiones en todos sus ámbitos (político, económico, social, ambiental, organizativo, internacional y otros) para el ejercicio pleno de su soberanía.

El concepto de Poder Popular surge de la visión del modelo de poder para la construcción del sistema socialista, basado en la concepción democrática constitucionalista que afirma que: la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, del cual dimana todo el Poder Popular. De lo cual se desprende que en el Poder Popular se sustentan todas las formas de organización democrática del Estado, del Poder Público y de la Sociedad, siendo todas éstas en la democracia socialista fieles depositarias de la soberanía popular y estando por lo tanto obligadas a la rendición de cuentas al pueblo soberano.

En este sentido el Poder Popular se ejerce y expresa legítimamente a través de todos los medios organizados de participación ciudadana y protagonismo político; su ejercicio es directo en las Asambleas y Órganos (Consejos) del Poder Popular, e indirecto a través del sufragio, tanto para la elección de representantes a las distintas instancias del Poder Popular (poderes públicos), como para la toma de decisiones trascendentales en los diversos tipos de referéndum disponibles en cada legislación nacional.

Según el Director del Plantel Prof. Rafael Tovar: “el Poder Popular radica en el pueblo soberano organizado, donde se les da participación activa y protagónica para atender los asuntos básicos que se presentan en las comunidades, basándose siempre en los principios de una democracia representativa que no solamente atiende los problemas puntuales dentro de nuestro territorio, sino que asciende a nivel internacional en donde se pone de manifiesto el control de la implementación de políticos basándose siempre en nuestra constitución”.


miércoles, 24 de febrero de 2010

Construcción del Poder Popular.


Teniendo en cuenta que el trabajo para la construcción del poder popular requiere esfuerzo, horas de trabajo, tiempo, cada vez más personas comprometidas, hasta lograr que todas y todos estemos comprometidos en la construcción del poder popular para lograr el socialismo. Y que además, somos pocos, y nos corresponde luchar contra el caudillismo, el protagonismo, aparte de luchar por la construcción del Socialismo. Algunas comunidades proponen enfocarse en el desarrollo de un punto central, que permitirá la autonomía y liberación como pueblo: La Construcción del Poder Popular.

Consideramos que para la construcción del poder popular, lo primero es la conciencia colectiva y la formación y educación socialista, igualitaria y revolucionaria. Así, tenemos varios instrumentos planteados por el presidente Chávez y el pueblo revolucionario, para la construcción del poder popular. Está el planteamiento de enfocarnos en desarrollar un instrumento central: la constitución de Asambleas Populares, de cada sector, parroquia, municipio, y hacer comisiones de trabajo para los demás instrumentos.

Entre los instrumentos de Construcción del Poder Popular, se tiene:

Constitución de Asamblea Popular:
  1. Discutir los problemas de la comunidad. Plantear soluciones autónomas, independientes. Trabajar con las comunidades.
  2. Realizar contraloría Social a todos los niveles
  3. Formar comisiones de trabajo para:
  • Consejos comunales, consejos de trabajadores, consejos de educadores, consejos de agricultores…
  • Plataforma colectiva de Educadores populares,
  • Recuperación de la Economía Social y cooperativas.
Es importante aceptar la condición revolucionaria del gobierno, o de los conductores fundamentales del gobierno (aún con los errores que se hayan cometido), Las fórmulas que se han intentado para optimizar la participación popular han sido de corte ejecutivo, direccionadas de arriba hacia abajo, apuntan a favorecer (aunque no sea esa su intención) estructuras de partidos, llámense MVR, PPT, PCV, MBR-200, Comando Político de la Revolución, Polo Patriótico, Partido Único y así por el estilo. La única experiencia distinta, y por eso la más exitosa, la constituyen los Círculos Bolivarianos, sobre los cuales no existe un control de mediación, aunque todavía no han pasado a un estadio mayor de coordinación y generación de políticas de orden macro.

Por otro lado, las organizaciones populares debaten mucho sobre cómo resolver la coordinación de acciones sin perder autonomía y sin caer en los vicios que se le critican a los partidos, la burocratización de sus cuadros, el secuestro de los poderes y el uso utilitarista de sus proyectos y esfuerzos comunitarios. La organización popular busca formas de eliminar las mediaciones y generar respuestas políticas democráticas, de la nueva democracia. Las asambleas populares discuten situaciones locales, pero poco a poco han derivado el debate a cuestiones de poder, cuestiones de Estado. En este ejercicio reconocen a sus aliados y a sus enemigos y se validan los liderazgos que sirven mejor a esta política, a la socialización de la política.

martes, 23 de febrero de 2010

Las organizaciones populares se encuentran y se reconocen

En el desarrollo del poder popular, la acción de resistir y de sustentar la dignidad humana, conlleva elementos que pueden prefigurar nuevos y más equitativos estadios sociales. Así, la búsqueda de nuevas formas societales (socialismo del siglo XXI, Desarrollo Endógeno), ante el empuje de las fuerzas coloniales, puede constituir un medio válido para lograrlas.

El mundo, nos identifica como una sociedad en proceso de transformación. En esta sociedad se contraponen movimientos de adentro hacia fuera (profundización de la democracia, igualdad de oportunidades, equidad), con fuerzas que vienen de afuera hacia adentro (capitalismo, consumismo, imperialismo). Así, los movimientos sociales requieren de fortalecer esa tendencia de sacar de sí mismos valores y propuestas que tiendan a ampliar espacios de participación, de diálogo, de construcción colectiva, y así sobreponerse a esquemas y patrones de comportamiento impuestos desde ancianos procesos de colonización (dependencia, sometimiento a la autoridad, vasallaje). Es, en cierta forma, una visión que supone a la vez una esencia y una entelequia: esto es, que dentro de nosotros mismos llevamos una especie de pureza, de verdad inmanente, de sentido de las cosas, que requiere de potenciarse mediante el estudio y la práctica social, para lo cual hay que minimizar las condiciones externas que les impiden brotar y florecer.

Ahora hay un proceso comprensivo por parte de las organizaciones populares del rol que deben jugar, de los espacios que deben conquistar para convertirse (como pueblo activo) en sujetos histórico de transformación social. Se trata de la formación de una conciencia para asistir desde allá modelos y propuestas organizativas y a la construcción de un nuevo Estado que sirva a sus intereses de clase, por ende a la destrucción del Estado actual.

El nuevo Estado que se viene construyendo de abajo hacia arriba parte de las asambleas populares, que tienen reconocimiento en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (concepto que se debate en el Proyecto de Ley de Participación Ciudadana) es el poder constituyente que no se delega, que se mantiene vivo como llama liberadora.

lunes, 22 de febrero de 2010

Las Instancias del Poder Popular

Desde la perspectiva del proceso participativo y protagónico, defendemos y presentamos a los consejos comunales como la expresión organizada más integral del pueblo y las comunidades para dar forma al poder popular o poder comunal, desde la perspectiva de la definición que ofrecemos de los consejos comunales, artículo 2 de la nueva Ley Orgánica de los Consejos Comunales un aspecto que se rescata es la referencia al pueblo organizado y al gobierno comunitario, a fin de establecer al pueblo como sujeto político, que a partir de las pautas legales, ejercita un poder local que se describe como un poder comunal de base.

Las manifestaciones del autogobierno comunitario, el autogobierno de las comunidades organizadas, se manifiestas desde la incidencia en las decisiones públicas, participación ciudadana, y el acceso a los recursos y las decisiones de las instituciones gubernamentales, participación popular, en el contexto de una democracia directa, participativa y protagónica. Se relaciona al pueblo organizado con procesos de planificación pública, descentralización de recursos, planes y programas gubernamentales. Es participación de las comunidades organizadas en propuestas y acciones orientas al desarrollo integral de las comunidades, interactuando con los órganos del Poder Público, según los artículos 5, 6, 62, 70, 132,168, 173, 178, 182 y 184 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.

En consecuencia, en la noción del autogobierno comunitario, se concibe a los consejos comunales como instancias de participación, asociaciones vecinales, comprometidas en acciones a través de sus unidades y comités de trabajo. Se fortalece su identificación como unidades territoriales básicas de carácter social, donde se potencian la participación popular y el autogobierno, que se manifiesta en las decisiones de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, para establecer relaciones constructivas con los órganos del Poder Público, se amplia su gestión a instancias gubernamentales estadales y nacionales, gestionando recursos e interactuando en políticas públicas generales.

En los consejos comunales tenemos el escenario ideal para el ejercicio y la construcción colectiva de la democracia participativa y protagónica, es el poder constituyente activado para relacionarse con todas las expresiones del poder constituido, iniciando por las instancias parroquiales y municipales que encontramos en el Poder Público Municipal de naturaleza participativa o en instancias gubernamentales estadales y nacionales, a partir de los elementos delineados en la Constitución Bolivariana de 1999.

En los consejos comunales, se sientan las bases organizativas de las comunidades para la activación del poder popular o el poder comunal, es una verdadera organización comunitaria y popular. Instancias comunitarias o comunales de carácter territorial, para acciones políticas, económicas, sociales y culturales, transformadores del entorno de las comunidades, por el ejercicio de la soberanía popular y la participación ciudadana, un poder social delineado en muchas intervenciones del Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, en su noción del poder del pueblo y para el pueblo, una democracia participativa con poder popular, siguiendo la Constitución aprobada mediante referendo popular en diciembre de 1999 y ratificada en el referendo constitucional del pasado 2 de diciembre de 2007.

Al establecer los elementos constitutivos de la definición legal de los consejos comunales, en la versión del artículo 2 de la nueva Ley Orgánica de los Consejos Comunales, se hace obligatoria la referencia al autogobierno democrático de carácter comunitario, que se aprobó como “gobierno comunitario”, es un verdadero poder comunal que se activa en todas las comunidades de las parroquias y municipios de nuestra Patria, a partir de la participación popular, ciudadana y comunitaria, para relacionarse con las instancias del Poder Público, desarrollando un tema transversal del texto constitucional: La Participación.

En definitiva, el autogobierno comunitario integral tendrá muchos elementos, como expresión concreta del poder comunal, en este caso, recordamos y compartimos las palabras del Abogado Leopoldo Saavedra Balza, cuando sobre los consejos comunales nos declara:

“Al referirnos al Poder Comunal, lo identificamos como una especie de poder residual o alternativo que subsiste en las comunidades vecinales, las cuales lo pueden ejercer conforme al orden jurídico que le proporciona reconocimiento para actuar en sus propios ámbitos territoriales, de modo concurrente con el poder constituido más cercano a cada comunidad, vale decir, el Poder Municipal, para resolver las más apremiantes carencias que recurrentemente han permanecido sin la debida solución”.

La noción del Poder Comunal se identifica con el concepto de autogobierno comunitario, entendido como el gobierno de las comunidades, que se desarrolla a partir de muchos elementos relacionados con el poder comunal, iniciado en el ámbito local, que progresivamente se convierte en un poder alternativo que actúa concurrentemente con el Poder Municipal, que se ha identificado históricamente como la expresión del autogobierno de la ciudad, institucionalmente identificado en los municipios libres y autónomos, que dan respuesta efectiva a las carencias que se observan en las comunidades vecinales. Es un poder social de base que se desarrolla incorporando formas y procedimientos de participación ciudadana en las decisiones de las autoridades municipales, con participación de las comunidades organizadas, en este caso, identificadas con los consejos comunales, en el contexto de las comunas locales.

El Consejo Consultivo Popular


Para hacer vinculantes las decisiones del Poder Popular estamos planteando en el movimiento popular (en el marco de las reuniones preparatorias y del Primer Encuentro Nacional de Organizaciones Populares, a realizarse a finales del mes de septiembre en Caracas y de los encuentros regionales) la creación del Consejo Consultivo Popular, visto como un espacio construido desde el pueblo que tenga reconocimiento ante la mayor instancia del Poder Ejecutivo Nacional y que establezca una relación dialéctica entre pueblo y Poder Ejecutivo que direcciones el sentido estratégico del proceso.

Este Consejo Consultivo Popular sería una instancia cercana al Presidente y al tren ministerial que formule políticas sectoriales e intercambie visiones y experiencias entre gobierno del poder popular y gobierno ejecutivo de la República, en aras de fortalecer ambos y lograr la transformación necesaria al proceso.
Este Consejo estaría conformado por una representación de cada uno de los estados y regiones del país y sería validado en el Primer Encuentro Nacional de Organizaciones Populares. Su conformación y organización interna obedecería a criterios de aportar visiones y soluciones sectoriales: modelo económico (cooperativismo, asociaciones económicas colectivistas y otras), participación ciudadana, ecología, planificación y control social (Contraloría social por áreas y sectores), diseñar políticas de gasto público, política exterior y otras. Se propone la formación de comisiones internas de trabajo. Todo este esfuerzo estaría orientado por una agenda programática diseñada en este encuentro ya mencionado de organizaciones populares. Se trata del co-gobierno ejecutivo.

La Soberanía

Concepto:

La soberanía es un concepto que se define en torno al poder y se comprende como aquella facultad que posee cada estado de ejercer el poder sobre su sistema de gobierno, su territorio y su población. Lo anterior hace que, en materia interna, un estado, junto a la autoridad en ejercicio, sean los que se encuentran por sobre cualquier otra entidad.Este concepto surge en la Europa del siglo XVI y XVII cuando se comienza la búsqueda de fundamentos laicos para basar el surgimiento de los nuevos estados nacionales. Se adopta este término proveniente de la palabra “soberano” que se refiere a la inexistencia de control, pero se define también como aquel jefe a cargo de un Estado monárquico. Dado lo anterior, la soberanía es un concepto que se desarrolla en el ámbito político.

La soberanía se puede considerar en dos aspectos diferentes, uno interno y otro externo. En su modo interno, la soberanía hace alusión al poder definido anteriormente, el que se relaciona con el poder de un determinado Estado sobre su territorio y su población. Por otra parte, el carácter externo hace referencia a la independencia que tiene un Estado del poder que ejerce otro, en un territorio y población diferentes, en otras palabras, un Estado en particular es soberano mientras no dependa de otro Estado.En relación a lo anterior se entiende como Soberanía a “toda acción de desarrollo del poder legítimo y autónomo que tenemos para ejercer autoridad y poseer pleno dominio de nuestros derechos, la cual puede provenir de una persona, un colectivo, un Pueblo, un Gobierno, un Estado o una Nación”.Cuando ésta condición de soberanía es referida en su forma más amplia a la Nación, se trata del poder supremo al ejercicio legítimo de este derecho inalienable aplicado tanto al interior como al exterior de un Estado, en absoluta, total y libre autodeterminación de su gobierno y su pueblo, sin ningún tipo de injerencias externas o foráneas.

Características de la Soberanía:

Es intransferible, es decir, no puede ser ejercida por otra persona que no sea la señalada expresamente por la Constitución. - Es ejercida o su titularidad está en manos del pueblo. - La Constitución y las leyes establecen las formas para ejercerla. Es ella quien concede la legalidad al Poder del Estado, por medio del reconocimiento o aceptación del mismo.

Así lo refiere nuestra Carta Magna en su Artículo Nº 5, el cual menciona que:
“La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos".

Actividades

Actividades:

1) Construya un concepto del Poder Popular.

2) Establezca como se constituye el Poder Popular en tu comunidad.

3) Defina el Término Soberanía.

4) Qué relación existe entre el Poder Popular y la Soberanía?.